Participar de un Estado democrático, con
libertad de ideas, y respetando un marco constitucional de derecho; engrandece
a cualquier gobernante y lo compromete más, junto a la responsabilidad
institucional del país.
En esa circunstancia, la corrupción también
está presta y esperando, sin apuros,
a los encargados de los órganos públicos: cuyos directores, así como los
electos, senadores y diputados, los conforman, con la calidad, también de
funcionarios públicos.
El pueblo elige, directa o indirectamente a
sus representantes, a fin de que los mismos se desempeñen con claridad,
libertad y virtud. No debiendo tenerse otro objetivo, más que el de disminuir
la corrupción; haciendo comprender al ciudadano, que ha confiado en sus
personas, por medio del trabajo a favor del bien común.
Se hizo costumbre la ignorancia
interpretativa, de la ley, en toda democracia; que si no se controla, conduce
directamente a la corrupción sistémica, al servicio del poder, que según la TGC , es naturalmente corrupto;
sea cual sea el sistema político del país.
Teniendo esta realidad, los que lideran las
instituciones públicas, deben comprender el grado de responsabilidad
institucional, en un Estado constitucional de derecho, en nuestro caso,
amparado por el artículo 106 de la Carta
Magna vigente desde el año 1992.
El pueblo, por mecanismos constitucionales,
puede exigir a sus representantes, cuando éstos caen en ignorancia de la
interpretación; mostrándose renuentes a obedecer el mandato democrático y
social.
Ese conflicto, entre los intereses del
soberano y las influencias personales, de los funcionarios de alto rango, debe
traer aparejado, inexorablemente, el juicio político o la renuncia por ética,
de los afectados en el mismo.
Solo
así se puede cerrar el paso, a la corrupción sistémica, sobre los muros de los
propios partidos políticos; dentro de la estructura de todo poder, demostrando
así, responsabilidad institucional indubitable, ante la ciudadanía. Para
levantar el país, moralmente, mediante la función pública, tan decaída en
nuestro tiempo.