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Mostrando las entradas con la etiqueta Funcionarios públicos

Una interpretación y el curacionismo

  Una parroquiana de Asunción me dice: ¿Que los políticos apresen a una luchadora contra la corrupción en el país y dejen libres a los desfalcadores? Según la TGC el poder es necesario, pero con respeto al Estado de derecho social. Aquí se plantea la disyuntiva, de la falta de respeto de una norma, de parte de la luchadora social en tiempo de pandemia, por un lado; pero al mismo tiempo, la encausada, ciudadana indignada, relaciona y pregunta porqué algunos indiciados y señalados por actos, hechos y prácticas de la corrupción salen tan rápidamente. Se mofan con la plata  del país como funcionarios y la justicia les favorece –insistió ofuscada la señora. En primer lugar, debes tener en cuenta que somos pocos, un país chico y donde nos conocemos todos; y los amigos, compueblanos y correligionarios hacen la justicia, rifando y burlándose de aquellos que piensan bajar la ignorancia, como es el caso de la luchadora social. Pero el gobierno dijo que “ caiga quien caiga ” y ahora

La corrupción y los sujetos

Sindicalismo público Un parroquiano de la Chacarita se preguntaba: “Toda ampliación salarial en el sector público, ¿es acaso producto corrupto ?”. Según la TGC, el poder usa a la corrupción sistémica por medio de la ignorancia. Siendo la igualdad ante la ley principio central de nuestro Estado de derecho, y que no permite a ningún poder, establecer privilegios de cualquier tipo, a nombre de un supuesto de productividad en la función pública, en la cual no existe renta, sino más bien deber social remunerado. Muy bien utilizado el argumento, en algunos ministerios ; donde, precisamente, bajo interpretación constitucional , no corresponde, por tratarse de servicios de cumplimiento obligatorio y de orden público , desprovistas del principio de “libre contratación”. Sujetos de derecho Pero así se sigue anulando la claridad, la libertad y la virtud necesarias, para seguir ubicando privilegios hasta con tres aguinaldos, a espaldas de los más humildes y desprotegidos d

La corrupción y el remover

Actos de poder Un parroquiano de Caaguazú, me decía ciertamente consternado: “Para mí el ‘remover’ ciertas cosas, bajo un interés parcial , puede resultar también un acto, hecho o práctica de corrupción sistémica”. La Teoría General de la Corrupción (TGC) , explica de manera acabada lo que son los actos, los hechos y las prácticas de corrupción. Pero, para que se pueda considerar, en puridad, como un sistema corrupto, debemos referirnos a las decisiones de poder, resoluciones en general y omisiones directamente proporcionales al perjuicio económico o moral ocasionado a las instituciones. Los ciudadanos en ejercicio de la libertad de acción y expresión, seguirán buscando una democracia verdadera , consistente en mayor claridad, libertad y virtud : exigiendo responsabilidad a la dirigencia. El plano ético Pese al remover de los actos, hechos o prácticas, que hagan la prensa, los políticos u otras fuerzas, la decisión de apartarse, renunciar o reparar, seguirá es

La corrupción y la jerga

Un parroquiano del Alto Paraná me decía: “Nosotros, a la jerga la consideramos corrupción sistémica”. Según la TGC, teoría general de la corrupción, el poder y la ignorancia son los elementos que conforman la corrupción.  Por eso se ha establecido una fórmula universalmente aplicable, a todos los casos. Al comprender el poder y su responsabilidad, en cualquier sistema político, que estriba en no permitir la confusión de la denominada “jerga”, de los intereses personales o sectoriales, alegando ataques en perjuicio de los intereses generales, pero solo de boca; lo cual, por definición dimos en llamar también, ideología parcial.

La corrupción y el cuidado

Un parroquiano del Bañado Sur, muy ofuscado me decía: “A los funcionarios públicos debemos cuidarlos; para aguantar la corrupción sistémica”. Aunque parezca contradictoria su afirmación, la Teoría General de la corrupción (TGC), lo explica con esta premisa: “Toda ignorancia es y será aprovechada por el poder, en el grado que fuere”. La sola emisión de las palabras “funcionario público”, genera una chorrera de dudas legales, cuando se trata de calificar los servicios y las personas vinculado al sistema estatal. Una confusión, en términos de interpretación normativa, podría ser calificada de ignorancia.

La corrupción secundaria

—“Aquí hasta a los estudiantes secundarios, se los utiliza para hacer aprobar, cualquier futuro “clavo”, al son de la corrupción sistémica”— me decía un alberdeño. Según la TGC, la ignorancia en la ocultación del poder, es la que permite la sistematicidad de los hechos de corrupción, en una estructura estatal. La ciudadanía en democracia y libertad, con Estado de derecho; va teniendo conciencia de su rol en el saneamiento, gracias a la prensa.

ANTICORRUPCIÓN: PALABRA FUERTE, MECANISMOS ACTUALES DÉBILES

Hablar de la lucha anticorrupción en Paraguay o en cualquier país latinoamericano, es hablar de hipocresía. Se parte de un hecho dado, de un prejuicio, de un juicio de valor que considera a los actos de corrupción como un tipo de conducta criminal más. Con esa "suposición" se pretenden aplicar legislaciones de prevención y sanción para tales conductas de los llamados "funcionarios públicos". Es decir, primero se discrimina a los funcionarios públicos, de las autoridades que se encuentran a cargo de los "funcionarios que prestan ese servicio al Estado ". De tal manera que los legisladores , ya no son funcionarios públicos, aunque su presupuesto en el escalafón de gastos de la nación sea el más elevado. Segundo, se desconoce la raíz del problema, y ni siquiera se define con precisión a la corrupción . Simplemente se crean instituciones que presentan la característica de estar "atadas" nuevamente al poder político, y es justame