A simple conocimiento nos parece que la
impunidad es la máxima expresión de la corrupción, sin embargo, solo constituye
un elemento de la “pequeña corrupción”; ya que, al constituirse en forma subjetiva
la gente lo percibe como injusticia en cada caso particular. Esto sucede en
cada uno de los poderes del Estado y en las relaciones particular-Estado, donde
normalmente a éste se lo despoja de más presupuesto afectando, finalmente, a
una persona o una institución en particular.
La TGC nos permite distinguir con claridad
qué tipo de corrupción se ha cometido y dónde estamos en la sociedad y qué
tenemos a favor y en contra, tanto nacional como internacionalmente, ya que la
corrupción no puede desaparecer, tan solo disminuirse y para lograr este
objetivo se debe mejorar y enseñar a conocer objetivamente el fenómeno y así
curar paulatinamente, primero a los encargados directos puestos por la política,
y no seguir con el circo de pretender tratar a la corrupción subjetivamente
siendo que es un sistema.
La realidad en cuanto al castigo de los delitos
de corrupción es que al ser cometidos y conocidos el quién o quiénes están
comprometidos en el hecho, que al tener protectores políticos fuertes dentro
del gobierno quedan impunes, pero se hace figurar al fuero, la prescripción o
un mal planteamiento a propósito de los encargados de la justicia, mano
ejecutora de los politiqueros, a quienes muchas veces deben el cargo. Cargo que
debe ser mantenido a como de lugar, porque la profesión es muy dura en un país
subdesarrollado, sin seguridad jurídica. Ese es el razonamiento y ese es el círculo
vicioso. Corrupción sistémica.
La posibilidad democrática nos liberará a todos
en el mundo, eso es curación social.