Parecería imposible, la dualidad entre
corrupción y derecho, pues ambos son elementos de toda sociedad desarrollada, o
en camino de serla.
Ambos están unidos, como siameses en el
vientre de la madre “Estado”.
Hay una fuerte corriente, que pretende
relativizar el derecho, en beneficio de los que cometen corrupción, en toda
sociedad, al querer aplicar, en las instituciones públicas, los llamados
“Códigos de Ética”.
Las reglas éticas, son un estadio anterior a
la implantación del derecho positivo. Y de seguirse con esa insinuación,
falsamente moralista, podría constituirse en un obstáculo para la justicia, tan
necesaria en la diaria corrupción en los entes públicos; que requieren que la
ley y los tratados internacionales sobre la materia, sean implementados, por el
Estado, que, al parecer no tiene dueño, a la hora de la responsabilidad de sus
representantes; pero, con muchos beneficiarios a la hora del reparto.
Según la TGC , el derecho debe ser aplicado, al ser
comprobados una práctica, un hecho o un acto; de acuerdo al grado de
responsabilidad del partícipe, siguiendo lo establecido en el artículo 106 de la Constitución.
Es decir, la mera intención de relativizar el
derecho, a favor de los ejecutores del sistema de la corrupción, constituye una
omisión grave para el gobierno; al no accionar contra los denunciados,
públicamente, se cerrarán las puertas, nacional e internacionalmente, de la
seriedad, que se dice tener en la administración del Estado.
Es inadmisible que una auditoría, que arroje
nombres y apellidos, siga esperando, tal vez, una sanción ética de los mismos
afectados.
El único fortalecido, a costa de la
ciudadanía, será el sistema de la corrupción; a causa de un gobierno sin buen
derecho.