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Corrupción y licitación internacional

Indudablemente, los incautos creen aún, que la corrupción desaparecerá si un Estado soberano llama a una licitación internacional, para cubrir cualquier necesidad pública, de modo a contratar, con empresas nacionales o extranjeras. Se piensa tal vez, que el único proceso jurídico posible, en el ámbito de la administración oficial, es el del “pregón”; de los pliegos “técnicos” o el de la publicidad de los corredores mediáticos.


La técnica jurídica, también avanza; por ello, la única forma de descubrir posibles o consumados, hechos, actos o prácticas de corrupción, es aplicando los preceptos de la Teoría General de la Corrupción. No subordinados, a un simple organigrama de exposición pública, sino a un seguimiento permanente, que permita otorgar, además de la legalidad de los actos de contratación gubernamental: la legitimidad requerida en toda decisión de poder constituido.

Según la TGC, la corrupción es un flagelo internacional, que no hace distinción alguna para su funcionamiento. No le interesa, la posición ideológica que profese, él o los eventuales actores políticos. Por eso es “gran corrupción”; corrupción intralegal o sistémica.

Con esta característica, el solo hecho de hacer llamados públicos, abiertos, a escala internacional, es un procedimiento que sin la solvencia jurídica necesaria, en el ámbito específico de estudio e investigación de la corrupción—como fenómeno jurídico y social constante en el poder—resultará, poco más que una anécdota; que incluso puede pasar a legitimar actos viciados, algunos de ellos, como pudimos ver en días recientes, de nulidad absoluta por inconstitucionales.

El desconocimiento que se sigue teniendo, en los corredores palaciegos, sobre esta ciencia completa, jurídica y social, que estudia específicamente a la corrupción, es hasta, si se quiere, admirable, por su indiferencia; cercana a una especie de hipnosis política paralizante. Lo que puede verse, en la endeble posición regional, como país, con su  desaprovechamiento.

Una investigación que revierte, además, el clásico “cucú” del Paraguay, que nos suele ubicar, bajo la subjetiva mirada de los calificadores y opinólogos, como uno de los “países más corruptos del mundo”.

Algunos ministros, incluso, aseveran que no se pueden iniciar los procesos de recuperación de activos, hasta tanto no haya sentencia firme sobre los involucrados. Si conocieran la Teoría General de la Corrupción, que integra, todas las ramas jurídicas que atañen a la administración pública, verían cuán avanzada está la tecnología jurídica sobre la corrupción; comparado con ese accionar procesal, de “derecho privado”, que se pretende implementar.

Ahora bien, volviendo al tema de las licitaciones internacionales: Al parecer se piensa que excluyendo, indirectamente a las empresas nacionales, la corrupción sistémica automáticamente disminuirá. Nada más falso.

La corrupción es previa y se encuentra en el poder mismo; décadas antes de que se materialice la inversión pública. La especulación, nace con las empresas proveedoras del Estado y las circunstancias políticas que las acompañan.

Por eso, la corrupción sistémica, se encuentra en la estructura de decisiones del poder público, no los formularios ni en el método de selección. Cada una de las posibles empresas contratantes, locales o extranjeras, tiene y tendrá el mismo afán de lucro. Por lo cual, la transparencia ni la competencia abierta, en sí mismas no garantizan la claridad ni mucho menos la libre oposición.

Lo que debe atenderse, son las especificaciones de los pliegos de bases y condiciones, además de las relaciones entre los oferentes y los eventuales administradores del Estado, a fin de que no se produzcan dudas sobre la legitimidad del acto. Como vemos, esto no pasa por que se haga mediante audiencia pública, pregón o por licitación universal. Es una cuestión de control jurídico normativo y técnico, que permite evitar lo que en la TGC se denomina “ignorancia” en la ocultación.

Dejemos de usar los llamados a licitación, como fuentes para legitimar actos jurídicamente viciados. Sabemos que cada empresa extranjera, tiene a sus asesores, representantes y corredores, muy bien posicionados en el gobierno. En el Paraguay, no existen tantos “asesores” multinacionales, nos conocemos todos. Por ende, por una cuestión de sinceramiento mismo, debemos dejar la hipocresía política, de pretender “transparentar” con ignorancia, los medios de recaudación “paralela” a costa del erario público.

Y cabe aclarar, que la recaudación paralela, no depende de si, el patrimonio del primer magistrado de la República, está sólida o escuálidamente formado; es un sistema, al cual, el electo como “administrador general”  del país, acepta o rechaza, según la manera como llegó al poder. Si llegó con ese sistema, podrá escabullirse de participar directa o personalmente (cosa difícil, cuando se tienen intereses y empresas gigantescas a su nombre), pero, no impedir que la recaudación para los financistas y operadores, continúe igual o peor que en gobiernos anteriores.

Con la práctica de un Estado de derecho, en libertad de acción y pensamiento, van cayendo las leyes y los abusos ecológicos cometidos contra la población.

Ahora falta devolver a los indígenas, lo que les fue defraudado, además de la restitución de sus territorios ancestrales. Así como liberar a los campesinos presos, por querer explotar la tierra de sus comunidades originarias.

Los hechos, obligan al cambio de todos los encargados de las instituciones y ministerios, causantes u omitentes, de estos actos, hechos y prácticas de corrupción sistémica, que tiran por tierra la estabilidad macroeconómica obtenida, a costa del sacrificio de la población común.

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