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LA CORRUPCIÓN Y LA DISCRECIONALIDAD


En todo acto, hecho o práctica de la corrupción sistémica, la discrecionalidad de sus ejecutores, es la característica común;  esto se puede aplicar también, a sus cómplices y encubridores, dentro del esquema de poder.

La discrecionalidad, se hace posible cuando hay “ideas”, para la realización o ejecución de actos públicos; para hacerlos pasar como legítimos, utilizando la ignorancia, en la obscuridad del sistema.

Esta característica imposibilita, a la gente, comprender el perjuicio, con la cortina de humo de los “supuestos beneficios”, sugerentes para la sociedad. Escudado en la democracia participativa, que nos obliga como ciudadanos, a conocer y entender, sobre el actuar de nuestros representantes.


Según la TGC, si la ley no se interpreta correctamente, para su aplicación, fácilmente se convierte en instrumento de la corrupción sistémica.

Aquí como en toda Latinoamérica, es costumbre el doble discurso, para encubrir la corrupción sistémica, cuyas consecuencias son la falta de claridad, libertad y virtud, para el respeto del “bien común”. Porque los legítimos derechos, no pueden ser objeto de negociación, por parte de ninguna autoridad, del poder público que fuere; para la consecución de beneficios particulares, familiares o partidarios.

Esta democracia, nos está brindando una “confesión ficta”, de las autoridades electas, ante el pueblo. Ahora esperamos la acción de los representantes de la sociedad; según el adagio “a confesión de parte relevo de pruebas”.

Es importante resaltar la madurez que va adquiriendo el pueblo, tanto para pedir y acusar; así como para superar, de una vez por todas, la famosa politiquería tradicional.

Si estos actos discrecionales, cometidos por las autoridades, desde sus funciones en la administración pública, terminan con una mera sanción ética, por medio de la prensa: La democracia, la libertad y el Estado de derecho, perderían total credibilidad. En razón de que los que administran justicia, en omisión abierta de su deber, no actúan conforme a los propósitos constitucionales de su investidura.

Los daños deben ser resarcidos, a la sociedad; el perjuicio al erario fue devastador, en las últimas dos décadas, para una escuálida economía paraguaya; donde a diario se exige, a los ciudadanos, soportar el  aumento indiscriminado, de los productos y servicios de primera necesidad. Sin tomar en cuenta, por ejemplo, la cantidad de energía regalada por nuestro país, en las hidroeléctricas.  Cuyos ingresos, hasta hoy, solo sirven para mantener a la “clientela”,  no para abaratar, por lo menos, el costo de vida de los habitantes de la República.

Se debe ir mejorando en la recuperación de activos, fruto de la corrupción sistémica. Dejar de convertir a la persecución penal, con nombre y apellido, en una simple “purga transparente”, que por el desgaste de los procesos, seguirá blanqueando a los ejecutores del sistema corrupto. Que pese a confesiones diarias, por la castración política y jurídica de los representantes de la sociedad, convierten al país en un “paraíso de los culpables”.

La ignorancia en la obscuridad de un sistema, con el procedimiento discrecional, es la que genera la corrupción sistémica del país.

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