Desde Paraguay:
El mundo va conociendo las aristas de la corrupción. Gracias
a los hechos, actos y prácticas de los políticos paraguayos, realizados bajo la
ocultación de la ignorancia del poder.
Según la TGC, sin un Estado de derecho respetable, el poder
cae en corrupción sistémica inexorablemente, por causa del elemento “ignorancia”,
que predomina por medio de la obscuridad, en la que se pretende sumir a la
población.
Esta verdad nos obliga a considerar una cuestión teórica,
básica: “Todo poder es corrupto por
naturaleza”. Pero cuando se gobierna por medio de la democracia,
participativa y social, como es nuestro caso, son el pueblo y sus
representantes, los que deben velar por que la corrupción no sea la que
direccione los actos del poder público. Haciendo cumplir a cabalidad lo que
exige la Carta Magna.
La corrupción sistémica, normalmente utiliza a las cabezas
de los poderes; en algunos casos, cuando tienen doble carácter, como el caso de
los fiscales, la situación empeora: porque representan a la gente, al pueblo, y,
al mismo tiempo al Estado como persona jurídica, para resguardar el orden. Lo
que ocurre, es que, para no perder sus cargos, suele optarse por no defender ni
a uno ni a otro, sino, obtener la gracia de los administradores y curules de
turno.
Según los convenios internacionales, ratificados por nuestro
país, que tratan de la materia “lucha anticorrupción”, un funcionario público
no puede ser cambiado, trasladado, o separado, en el momento que está llevando
alguna investigación sobre probables hechos de corrupción. Son delitos
altamente sensibles, que si no otorgan a los investigadores la plena
independencia, autonomía y estabilidad necesarias, no podrán llevarse a término.
Por las argucias, chicanas y vericuetos legales a los que suelen recurrir los “amos
del poder político”, a la hora de afrontar este tipo de juicios.
Las estadísticas demuestran que los procesos por corrupción,
tienen una duración promedio de entre 5 a 8 años (casi una década). Períodos
durante los cuales pueden cambiarse un gobierno, y luego, volver al poder, las
mismas personas que resultaban involucradas.
Por esa razón, el numeral octavo del artículo III de la
Convención Interamericana contra la Corrupción, precautela las medidas
recomendadas tales como: “Sistemas para proteger a los funcionarios públicos y ciudadanos
particulares que denuncien de buena fe actos de corrupción, incluyendo la
protección de su identidad, de conformidad con su Constitución y los principios
fundamentales de su ordenamiento jurídico interno”.
Los recientes hechos, demuestran una
vez más la mala aplicación de las normas, nacionales o internacionales, a favor
de la politiquería y la democracia de fachada.
El pueblo y la corrupción sistémica
recuerdan, de manera fresca aún en la memoria, los “regalos” y relojes, para
ciertos mandatarios del pueblo. Cuestiones nunca aclaradas suficientemente,
hasta hoy, bajo el principio del “oparei”.
Cuando hay ética, no se necesita ser trasladado; la renuncia es lo pertinente,
cuando el nombre de la Fiscalía General se pone en juego.
Como ciudadanos les recordamos a las
autoridades, que la corrupción es realmente preocupante; por su sistematicidad
y por la forma como maneja hábilmente, a control remoto a la politiquería; sin
respetar la verdadera democracia, incumpliendo tratados internacionales ratificados,
en la ya de por sí difícil lucha anticorrupción.
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