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La corrupción y la libre concurrencia

Nuestra democracia ha comenzado a levantar los conceptos, exigiendo a los actores políticos, cumplimiento de la Carta Magna; posiblemente, con una sugestiva intención de evitar, de manera un poco más visible, la corrupción sistémica.
Ese parecería ser el tenor de lo manifestado, recientemente, sobre el respeto de la libre competencia: un concepto clave, para una economía de mercado.
Según la TGC, si la ignorancia en la ocultación del poder, se utiliza a favor de una persona, o, de un grupo específico de interés, se convierte en injusticia.

La cuestión se complica en el campo económico, ya que la lectura de nuestra Constitución, en su artículo 107, no admite interpretación equívoca o contradictoria, ya que la “libre concurrencia”, bajo sus términos, es absoluta; y contiene, incluso, otros incisos determinantes, como los de “igualdad de oportunidad” y la no permisión de “creación de monopolios”.
Por ende, podríamos decir que el monopolio, como estrategia de expansión empresarial o corporativa, es incompatible con nuestro Estado de derecho vigente.
Sin embargo, en la práctica de la acción política, algunos actores pretenden dar una “nueva” interpretación, de corte populista; olvidando el principio elemental del Derecho Público, donde lo que “no está expresamente permitido, está prohibido”. Lo cual, dada la expresa prohibición del artículo citado, resulta obvio y redundante. Pero, por la confusión existente, es necesaria.
Se prohíbe por lo tanto, cualquier tipo de monopolio, ya sea a favor de una empresa privada o pública.
Decía una parlamentaria, que “aquí hay abundancia de leyes, pero nadie quiere cumplirlas…”.
Pedir más claridad a la máxima Ley de la República, es imposible. Una vez más, salta a la luz, la carencia de conocimientos o prevalencia de intereses particulares, a la hora de presentar proyectos.
Estamos ante una nueva y posible instrumentación de la Ley, contradiciendo principios de orden constitucional. Bien sabemos, que en tal circunstancia, cualquier monopolio, es equivalente a la corrupción sistémica total: Resultante de la complicidad público-privada.
La libre concurrencia no es simplemente declarativa, debe ser demostrada con una política con claridad, libertad y virtud; para convencer a los interesados inversionistas, que en el país se busca la justicia y no las migajas del soborno trasnacional.
Tratar de confundir con la inexistente ambigüedad de conceptos, ya resulta una costumbre pretérita y de mal gusto político.
El monopolio sigue siendo del sector público, por medio de entes autónomos, como el IPS, que sigue siendo obligatorio hasta para los jubilados: aportantes de “por vida”. A quienes incluso, se les ha impuesto un descuento compulsivo de sus aguinaldos, en concepto de “seguro de salud”, pese a que tal gratificación o plus anual, en virtud del Código Laboral vigente, no puede ser objeto de ningún tipo de descuento.

Empecemos a liberarnos, no solo en los votos o en democracia, sino también en lo económico, respetando la libre concurrencia, sin ignorancia ni corrupción.

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