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La corrupción y la falta

Un parroquiano de Ciudad del Este repetía: —“La falta es el condimento de la corrupción sistémica aquí en Latinoamérica”.

Según la TGC, la ignorancia interpretativa, utiliza siempre ese término para obscurecer los hechos denunciados.

Para tratar este asunto de la “falta”; se debe partir de la distinción entre derecho público y privado. El primero no admite duda o desconocimiento en el proceder de las funciones públicas. Quienes caen en supuestas faltas, pretendiendo argumentar, como si fueran hechos leves y sin importancia, se olvidan del principio de legitimidad en el manejo de lo público y social, en un Estado de derecho.


El segundo, en el campo de lo privado, hasta que se prohíba expresamente en la ley, o se dañe a otro con una acción, queda permitido el acto.

Al tener esta combinación algunos lectores consideran a la falta en la función pública, condimento indispensable para ocultar la gran corrupción sistémica. Tan perjudicial para el progreso de los pueblos, al conocerse el daño al erario. Pero los afectados, siempre prestos a cuestionar, al conocer su forma de excusa, los condujo al banquillo de los acusados, o juicio político.

“A veces sin necesidad, sabiendo la magnitud y las pruebas”—acotaba el ciudadano paranaense.

El derecho no se cumple de oficio, pero cuando se trata de cuestiones políticas, ya que muchos consideran, esta conducta como la razón de ser de los políticos en el poder: ir por encima de las normas.

La claridad, la libertad y la virtud, pueden curar este flagelo, amparado por una democracia, sin prepotencia y falsas alegaciones de los encargados al servicio de las instituciones públicas, al cumplir su cometido de justicia.


Este siglo de la información, no admite la ignorancia interpretativa, tampoco el poder sin respeto de la razón de la ley. Aunque la pretensión de alguien, acomodado siempre busca sojuzgar a su favor los principios constitucionales, para conseguir objetivos personales, haciendo pasar actos de corrupción como faltas cuasi éticas.

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