El sistema político
Un parroquiano de Pilar
me explica: “La comprensión en política equivale, últimamente, a
corrupción sistémica”.
Según la TGC, son el poder
y la ignorancia, en relación, los elementos que configuran lo que se conoce
como corrupción sistémica.
Sin entender con suficiencia los imperios, de lo económico, lo social y lo humano,
difícil será entender la razón para bajar los niveles de
este flagelo, ya que parecería ser beneficioso
para ciertos grupos de personas; impidiéndose así encontrar la ruta del progreso.
Parentesco y acomodo
“Aquí los partidos
tradicionales tienen un tronco común,
provienen de lo mismo, por ello
fácilmente llegan a un consenso; por medio de cierta “comprensión”, repartiendo
así los puestos y los bienes públicos,
en nombre de políticas sociales,
acrecentando un estado de necesidad
permanente en la población, de modo a desafiar
la fuerza de ésta”, agregaba el ciudadano con razón.
Esta claridad,
libertad y virtud, expresada en la mayoría de la población paraguaya, encenderá la luz en la paz.
Una Constitución
tiene una sola forma de ser interpretada: conforme
a los principios que ella misma establece. Tales principios, considerados
partes pétreas, tienen que ver con la organización del Estado, las funciones,
los mandatos y las atribuciones restrictivas y discrecionales.
Alteración del orden
constitucional
Las partes orgánica y
dispositiva de la Carta Magna, no pueden ser objeto de enmienda. Porque la Constitución fue declarada y legislada,
con el afán preciso de establecer un control
entre poderes y una alternancia
equilibrada de personas e ideas en el gobierno, para sustentar el pluralismo y la democracia republicana.
La enmienda está
prevista, solo para la ampliación de derechos, especificación técnica jurídica
y precisiones de alcance. Tal figura, por ello, exceptúa de su tratamiento, las cuestiones relativas al tiempo de
gobierno y lo atinente a la elección de autoridades (Art.190). Materias que
requieren de un nuevo pacto social,
que reforme la norma fundamental.
Es cuestión lógica: aspectos
que atañen a la protección misma de los principios establecidos, no pueden ser
alterados, so pena de incurrir en un
atentado al orden constitucional y constituido,
según lo previene nuestro código penal
(Art. 273 y concordantes). Crímenes
contra la propia convivencia pacífica en la nación, imprescriptibles, de orden
público; y, como todo acto fundado en un delito, carece de valor jurídico, siendo
nulo desde su concepción, y no cuando se consuman los actos. Sin necesidad de
su posterior derogación o
“investigación” comprensiva, como
plantean ciertos títeres, bien pagados, de la politiquería actual.
Principio elemental
de derecho público
Aún cuando la prohibición
no esté expresamente en la ley fundamental, ya sea como afirmación o presunción,
al ser normas jurídicas que atañen al
derecho público, se debe aplicar el principio de legitimidad que establece:
“lo
que no está expresamente permitido, está prohibido”.
La confusión de
ciertos “intérpretes de parte”, esgrimida en frases como “a nadie se le puede
prohibir”, o no está “prohibida expresamente”, y de que “debe decidir la
gente”, resulta de una errada e
ignorante interpretación civilista, base del derecho privado, inaplicable a la materia constitucional de Estado y de orden público, por ende, no sujeto a convenciones ni acuerdos privados, bajo el
supuesto interés general.
Derecho sobre
pretensión
Si la clase política
no puede distinguir la diferencia
sustancial entre interpretación y
pretensión, cae en ignorancia de
tercer grado, inexcusable, para su responsabilidad
posterior ante la sociedad.
El relativismo
oportunista, fundado en la ideología
parcial e interesada, dedicada a buscar soluciones personales o de terceros
en nombre de todos, ya tiene harta a la
gente, porque lleva a cada vez mayor injusticia
en todos los órdenes, lo cual en términos técnicos es corrupción sistémica.
Al no apreciar estos conceptos
básicos, la política cae en lo absurdo
y fáctico, en perjuicio de un poder
constituido, cuyos principios deben ser respetados por todos en un Estado
de derecho. En caso contrario, cada quien va a redactar y tener su constitución mercantilista, buscando con ignorancia y poder, la comprensión cuasi benevolente de todos, aceptando
la corrupción.
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