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La corrupción y los rescriptos

Absolutismo ignorante

Un parroquiano de Ca’aguazu aseguraba: “La corrupción sistémica ahora nos presenta un rescripto*”.
Según la TGC, la ignorancia en movimiento no distingue persona, cuando de hacer funcionar la estructura se trata.
Siendo el poder el que siempre juega en las decisiones, de los nombramientos en las distintas funciones públicas de un país, la responsabilidad total de su administración resulta la misma, independientemente al sistema político imperante.

Las personas

“Nuestra democracia, un tanto económica busca siempre las debilidades de los candidatos, para la politiquería comercialista”, insistía el hombre de tierra adentro.
Construir políticos de fuste lleva, tal vez, muchos años; lo cual, en una economía materialista y genuflexa, lleva a que solo algunos hagan su trabajo, y se termine degradando a la juventud, como acto típico de la corrupción sistémica total.
Este principio de ciencia, ha comprobado que la claridad, la libertad y la virtud, son necesarias para bajar este flagelo del país y el mundo; pero hasta hoy resulta de imposible aplicación, por la falta de lectura de los encargados de la enseñanza.

Tercer grado de ignorancia constitucional

La interpretación de la Carta Magna y las leyes, mueve un elemento estudiado por esta disciplina, que es la ignorancia, en su tercer grado. Necesaria para la configuración de un sistema de corrupción, en cualquier parte del mundo, es decir, es un principio universal.
“Si los comerciantes y algunos correcaminos, fueran excelentes políticos, este país hubiese tenido cierto desarrollo”, apuntaba ofuscado el ciudadano.
El derecho no se puede medir, ni dirigir en la aplicación, sobre la base de las famosas “mayorías” y de los hurreros callejeros; ni mucho menos para dar gracia a los aullidos de lobos, con cierto ropaje humano de la sociedad.
Estos procedimientos dañan a la democracia, privándola de verdad y de acción; retrocediendo la libertad y los derechos humanos en rescriptos del poder omnímodo pretendido.


*Rescripto: Del lat. rescriptum 'respuesta por escrito del príncipe'. 1. m. Decisión del papa, de un emperador o de cualquier soberano para resolver una consulta o responder a una petición.



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