Según la TGC, la ética y la moral solo le sirven a
una persona, aunque estén expresadas para su aplicación colectiva, no tienen el
aspecto coercible del derecho; el
cual, está fundado, en gran medida en ellas.
Indudablemente una persona con alta conciencia de
la vida, puede particularmente luchar en soledad contra la corrupción; pero
como la gran corrupción es sistémica,
puede terminar utilizando a tal persona para sus fines.
Esta situación se da en cualquier sistema político
o social, incluso en los considerados más duros o extremistas, semi-religiosos.
Sean de facto o circunstanciales, revolucionarios o convulsionados; sean
estables o conservadores.
“¿Qué hacemos ante esta realidad?”,
preguntó la dama.
En primer lugar se debe separar la corrupción subjetiva, ética, de la corrupción sistémica-objetiva, cuyos
gestores, generalmente están en la función pública, en cualquier lugar del
planeta.
Esta separación recién se pudo lograr una vez
reconocida la primera Teoría General
Jurídica de la corrupción, para cambiar y tener la posibilidad de tipificar
primero los actos, hechos y prácticas de la gran corrupción y así poder
determinar la responsabilidad final, de los encargados de controlar. Es un paso
necesario para poder recuperar, incluso, habiendo diligencia, los bienes mal-habidos.
“Entonces la conciencia solo a mí me
beneficia y no para apagar la corrupción galopante”,
mencionó concluyendo.
Al confundir lo subjetivo con lo objetivo, hay un
desconocimiento básico en su tratamiento conceptual. Punto solucionado al tener
una definición jurídica de carácter
universal, cuyos resortes conllevan a la modificación de los artículos 300, 301 y 302 del Código Penal de
Fondo, para actualizar la verdadera lucha anticorrupción superando el análisis
parcial y subjetivo, que suele escudarse bajo la conciencia ética y sus
códigos.
Tan tradicional se ha vuelto la confusión, de lo
subjetivo con lo objetivo, de la corrupción, por lo cual no podemos seguir
callando las barrabasadas de los encargados de la función pública en el país.
Tal vez el camino termine siendo el correcto, más
tarde o más temprano; pero de lo que podemos estar seguros es que la estructura
estatal, sin una doctrina jurídica clara, jamás puede evolucionar, del estado
de lo tradicional en “justicia” a la razón del derecho.
Aquí radica la necesidad de la ciencia social,
para poder superar los “mitos” anticorrupción, de los supuestos
“transparentes”, en manos de bien organizados corruptores sociales en nombre y
representación de toda la gente, pero en detrimento de ella.
Hoy tenemos la vacuna, con la TGC, y su doctrina
jurídica del curacionismo. Entonces, es hora de hacer lo correcto, expandiendo
su enseñanza en el vivir y superar el “cucú”
de la ignorancia.
Comentarios
Publicar un comentario