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Conciencia y "la corrupción"


Una mujer de Atyra afirmó: “La sola conciencia de la corrupción, no soluciona ni baja el flagelo”.
Según la TGC, la ética y la moral solo le sirven a una persona, aunque estén expresadas para su aplicación colectiva, no tienen el aspecto coercible del derecho; el cual, está fundado, en gran medida en ellas.
Indudablemente una persona con alta conciencia de la vida, puede particularmente luchar en soledad contra la corrupción; pero como la gran corrupción es sistémica, puede terminar utilizando a tal persona para sus fines.

Esta situación se da en cualquier sistema político o social, incluso en los considerados más duros o extremistas, semi-religiosos. Sean de facto o circunstanciales, revolucionarios o convulsionados; sean estables o conservadores.
“¿Qué hacemos ante esta realidad?”, preguntó la dama.
En primer lugar se debe separar la corrupción subjetiva, ética, de la corrupción sistémica-objetiva, cuyos gestores, generalmente están en la función pública, en cualquier lugar del planeta.
Esta separación recién se pudo lograr una vez reconocida la primera Teoría General Jurídica de la corrupción, para cambiar y tener la posibilidad de tipificar primero los actos, hechos y prácticas de la gran corrupción y así poder determinar la responsabilidad final, de los encargados de controlar. Es un paso necesario para poder recuperar, incluso, habiendo diligencia, los bienes mal-habidos.
“Entonces la conciencia solo a mí me beneficia y no para apagar la corrupción galopante”, mencionó concluyendo.
Al confundir lo subjetivo con lo objetivo, hay un desconocimiento básico en su tratamiento conceptual. Punto solucionado al tener una definición jurídica de carácter universal, cuyos resortes conllevan a la modificación de los artículos 300, 301 y 302 del Código Penal de Fondo, para actualizar la verdadera lucha anticorrupción superando el análisis parcial y subjetivo, que suele escudarse bajo la conciencia ética y sus códigos.
 Esta apreciación, en el vivir de esta ciudadana pilarense, nos da la pista que vivimos, crecemos y sentimos la corrupción. Pero nos negamos a aceptar el antídoto para superar este flagelo del mundo, cuyo único objetivo es recaudar a costa de los bienes públicos; costo alto que terminamos pagando todos los ciudadanos. En cualquier sistema político y siempre en la obscuridad de la ignorancia de la ley y el derecho, en Latinoamérica, con viso democrático y social.
Tan tradicional se ha vuelto la confusión, de lo subjetivo con lo objetivo, de la corrupción, por lo cual no podemos seguir callando las barrabasadas de los encargados de la función pública en el país.
Tal vez el camino termine siendo el correcto, más tarde o más temprano; pero de lo que podemos estar seguros es que la estructura estatal, sin una doctrina jurídica clara, jamás puede evolucionar, del estado de lo tradicional en “justicia” a la razón del derecho.
Aquí radica la necesidad de la ciencia social, para poder superar los “mitos” anticorrupción, de los supuestos “transparentes”, en manos de bien organizados corruptores sociales en nombre y representación de toda la gente, pero en detrimento de ella.
Hoy tenemos la vacuna, con la TGC, y su doctrina jurídica del curacionismo. Entonces, es hora de hacer lo correcto, expandiendo su enseñanza en el vivir y superar el “cucú” de la ignorancia.

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