Una parroquiana me llama diciendo: “Estos fallos a favor de los corruptos no tienen explicación”.
Según la TGC si el primer poder no actúa, hay ignorancia.
Saber la democracia parece muy fácil, pero cuando la situación exige participación activa a esa sociedad electiva, se comienza a entender que la simple enunciación en boca de los exaltados políticos, solo conduce al fracaso si no se tiene el conocimiento sobre cómo bajar la corrupción.
Eso mismo nos extraña a la gente: ¿Cómo es que habiendo pruebas documentales, como indicio…se falla de tal forma? -agregó.
Al no distinguir con claridad, libertad y virtud lo que implica el principio de orden público, en un estado de derecho y más aún, social de derecho, en los lamentos siempre ganan los administradores de los poderes, ya que aún existe la idea de que la privacidad debe ser resguardada a los funcionarios públicos, olvidando, justamente, que la oscuridad y el abuso de derecho, en la sistematicidad, crean la gran corrupción.
“Me gustaría que me diera un ejemplo, si es posible, ahora…”, exigió la dama.
Primero tiene características, más que ejemplos:
1-Ocurre un hecho,
2-Es de conocimiento público, y
3-Hay un principio de investigación que se acomoda al caso, callando lo sustancial de verdad y edificando la sentencia sin el sustento ético social.
La consecuencia es el debilitamiento del estado de derecho y la burla de la confianza; acontecimiento, transmitido y explicado, de manera escueta, a través del cuarto poder.
En síntesis, todos salen beneficiados de haber sido juzgados por sus actos, hechos y prácticas corruptas, blanqueándose ante el país y el mundo, una vez más, por la ignorancia y la corrupción social.
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