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La corrupción y los plazos

Me preguntaba, de modo reiterativo, un alberdeño: “¿Los plazos, son respetados en las funciones públicas?”.

Según la TGC, la ignorancia y el poder hacen a la corrupción sistémica.

La democracia otorga la oportunidad de peticionar; pero no puede solucionar los problemas de interpretación, en el cumplimiento de los plazos, y mucho menos distinguir entre derecho civil y derecho administrativo, para juzgar correctamente el proceder dentro de la función pública.


Aquí nace justamente la ignorancia en movimiento, al acomodar casos, relativos a actos, hechos y prácticas de las funciones públicas, de acuerdo a los intereses personales, olvidando su carácter objetivo y principalmente negando, la imposibilidad de cambiar o crear, lo que no está expresamente permitido en la norma constitucional.

De los cargos, así como de los poderes, hasta hoy, “nadie se ha manifestado cansado” (La ignorancia y la corrupción.1999.Blanco León, F).

A la fecha, ningún representante del poder, accede tan voluntario a renunciar o ceder su lugar, llegado el plazo que corresponde a su mandato.

Ahora, en el marco de una democracia, de acción y libertad, se debe respetar lo establecido y no tratar de darle una interpretación acomodada y caer, con ello, en corrupción sistémica, sinónimo de injusticia, muy común en  América Latina históricamente.

Esta claridad, libertad y virtud nos posibilita demostrar la ignorancia en la ocultación de los poderes, al tratar de dar primacía a la voluntad subjetiva, en cuanto a las atribuciones del cargo, con el único afán de continuar “libando las mieles del poder”, aún a costa de un cargo deslegitimado por el atropello ético.

La facilidad de caer en corrupción sistémica, al no respetar los plazos preestablecidos, es inmensa, al no poder modificar, cambiar o ajustar la ley, en el derecho público, solo con tinta de circunstancia o de mayoría política.


“Así debería de ser aquí, como en cualquier parte del mundo civilizado”, concluía este alberdeño no conforme con la injusticia.

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