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Los tribunales éticos

A continuación un artículo publicado en el suplemento judicial del diario ABC Color en su edición del día lunes 3 de setiembre:

Nobleza obliga

Tribunales Éticos. Su importancia.

Francisco Blanco León *

“Solo identificando el mal que nos ataca podremos combatirlo como sociedad y como personas sociales”. (La curación social).

Hemos sido testigos todos los ciudadanos de que en los últimos siete años, algunos miembros de la Corte Suprema de Justicia fueron sancionados por el Tribunal de Ética Judicial, por cargos principalmente referidos a su relacionamiento con el poder político.


Debo declarar a través de este medio, basándome en mi investigación de más de 35 años sobre la corrupción, y que me ha llevado a desarrollar la primera Teoría General de la Corrupción, que los Tribunales Éticos no pueden colaborar en la disminución de la corrupción, sino que, muy por el contrario, normalmente fortalecen a sus agentes.

Realizan una especie de blanqueo generacional, de los hechos o actos de corrupción, supuesta o manifiesta, cometidos por los miembros del mayor órgano de justicia del país, lo cual por si mismo ya constituye algo inaudito e inadmisible para la actual ciencia que estudia a la corrupción, por las siguientes razones:

En primer término: “Ningún miembro de la corte, parlamentarios o presidente de la república puede ser puesto en duda en cuanto a su rigor ético, ya que esto, automáticamente, le estaría privando de lo fundamental para el estado de derecho, que es la legitimidad formal, solemne y espiritual de sus decisiones de poder; que son decisiones del propio estado sobre los bienes y las conductas de sus semejantes, los ciudadanos comunes, personas humanas que deben acatarlas”.

En segundo lugar y yendo a un campo más socio-afectivo del individuo miembro de la corte debemos analizar lo siguiente: “Un miembro pleno de los máximos poderes conferidos por el Estado sabe, perfectamente, que las sanciones éticas no tienen ningún valor jurídico normativo, sino más bien moral, al no poder ser exigido su cumplimiento irrestricto, como sí ocurre cuando se impone una sanción jurídica o penal. Tanto más razón, entonces, para no cuestionarlas o accionar en su contra, siendo los denunciados, hechos de público conocimiento que normalmente tienen su levantamiento en publicaciones periodísticas. Lo más decoroso entonces, en tal circunstancia donde se pone en duda la honorabilidad de los mayores magistrados es el de presentar su renuncia. Eso espera la ciudadanía, para la cual cuenta más la sanción social y ética, que el objetivismo relativista del derecho”.

Tercera cuestión: “En una sociedad prácticamente amoral, carente precisamente de ética, donde las regulaciones normativas se yuxtaponen intentando desesperadamente regular lo incontrolable y desregular lo inadmisible, constituye un daño mayor para su proceso de formalización con miras al desarrollo en justicia y seguridad jurídica. Esa es la razón por la cual la corrupción sistémica, practicada por los altos magistrados y representantes de los tres poderes constituye la más dañina en un país en vías de desarrollo como el nuestro, donde la ciudadanía necesita imperiosamente de ejemplos claros para tener al menos la noción del deber ser como un medio para la buena convivencia así como para la salud social y personal.

Este tipo de conductas: “rebeldes” a la sanción ética y ciudadana; por parte de políticos y altos magistrados, favorecen a la ignorancia que mejora los sistemas de corrupción, y convierte a la única línea de sanción social y pública, en una simple “amonestación” cuasi “escolar” y “catequística”; olvidándose, desde arriba para abajo en las esferas de poder: Que lo único que sostiene a un Estado o nación es el espíritu ético, que inspira a sus leyes y que son su fundamento; su existencia como civilización.

Cuando “personajes” son los sostenedores de un sistema corrupto, en el cual, hasta la ética es manipulable, solo caben dos hipótesis: “Una, que la ciudadanía y principalmente el mundo jurídico entiende, que éstos miembros deben renunciar; o, caso contrario lo único que resta: Será el juicio político, ya que fueron sancionados por un tribunal ético, dentro de su propio poder. La segunda, perentoria; si no van a cumplir con lo establecido, tampoco podrán hacer cumplir la Ley, según los principios del derecho.”

Nobleza obliga: Recordar al poder político, que cumpla con su deber; para dar seguridad o por lo menos hacer creer que existe tal seguridad, como decía Montesquieu en “El espíritu de las Leyes”.

Nosotros los ciudadanos estamos preocupados por quiénes se encargarán de la magna tarea constitucional de interpretar la Ley, ya que su desconocimiento o mala aplicación nos conduce, inexorablemente, a la corrupción sistémica que lleva al caos y la falta de seguridad en todo el país; donde supuestamente reina el estado de derecho.

Señores miembros afectados: Esperamos su renuncia sin más trámite, según dictamen hecho a su medida, si es que en verdad son conscientes de lo que implican la ética y la seguridad jurídica nacional.


*Abogado, investigador y autor de la primera teoría general de la corrupción, a nivel universal, sintetizada en el libro “La curación social: Hacia nuevos métodos anticorrupción”. Pre- candidato a la Presidencia de la República por el movimiento independiente Nación Grande.

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